Elcitado acuerdo determina, por aplicación de los artículos 47.2 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG), y 86.2 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento (RLSG) y, con efectos desde la publicación oficial del acuerdo, la suspensión automática del procedimiento de
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